- acción de cesación en materia de propiedad intelectual
- Adm. y Civ. Acción que se ejerce para impedir, conforme a la legislación vigente, la distribución no autorizada y cualquier forma de uso o utilización no autorizados de obras protegidas de acuerdo con las leyes de propiedad intelectual.«El titular de los derechos reconocidos en esta ley, sin perjuicio de otras acciones que le correspondan, podrá instar el cese de la actividad ilícita del infractor y exigir la indemnización de los daños materiales y morales causados, en los términos previstos en los
artículos 139 y 140 . También podrá instar la publicación o difusión, total o parcial, de la resolución judicial o arbitral en medios de comunicación a costa del infractor» (Ley de Propiedad Intelectual , art. 138).
Sublema de acción de cesación, acción3