Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

acción de nulidad de actos de un cónyuge

Civ. Acción dirigida a la anulación de otra de un cónyuge, cuando haya incurrido en exceso de sus facultades de disposición, especialmente cuando requieren consentimiento del otro.
«La segunda de las acciones es la de anulabilidad por falta de poder de disposición del marido sin consentimiento uxoris de un bien ganancial. Tal disposición requiere el consentimiento de ambos cónyuges (Código Civil , art. 1377) y si falta el de uno de ellos, el acto es anulable (art. 1322) con el plazo de caducidad de cuatro años (art. 1301)» (STS, 1.ª, 5-X-2007, rec. 4138/2010).