Diccionario panhispánico del español jurídico

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acción dirigida a pedir el cumplimiento del contrato de compraventa

Sublema de acción3
Civ. Acción que deriva de lo convenido en el contrato de compraventa y se dirige a obtener el cumplimiento de la prestación debida o, en su caso, la resolución del vínculo contractual, a opción de la parte perjudicada, con la indemnización de daños y perjuicios.
«La jurisprudencia de esta Sala así lo ha declarado, al distinguir los supuestos de incumplimiento por prestación diversa, de los atinentes vicios, radicando el incumplimiento pleno cuando se da inhabilidad del objeto y consiguiente insatisfacción del comprador, que posibilita la sanción de los artículos 1124 y 1101 del Código Civil, mientras que los demás desperfectos encajan en la calificación del artículo 1484 y siguientes del Código Civil (Sentencias de 17-2-1994 y 7-6-1996), por lo que hay que concluir que en el caso que nos ocupa estamos dentro de la técnica de los vicios ocultos. El motivo se desestima. CUARTO.- El último motivo, por inaplicación del artículo 1101 del Código Civil y doctrina jurisprudencial, se apoya en que se ha producido efectivo incumplimiento total que autoriza a reclamar los consiguientes daños y perjuicios. El motivo, pues, parte del supuesto de que se da efectivo incumplimiento contractual pleno y, a su vez, prescinde de que las acciones ejercitadas están afectas de caducidad, conforme al artículo 1490 del Código Civil, lo que ya se deja explicado» (STS, 1.ª, 27-XI-1999, rec. 976/1995).