Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

adecuación social

Pen. Cualidad de una conducta que formalmente parece típica por ser subsumible en la descripción de un tipo delictivo consistente en ser considerada en determinadas circunstancias por la totalidad o gran mayoría de la sociedad como correcta, adecuada, impecable, sin que haya una regulación jurídica discrepante; así sucede, p. ej., en las heridas y lesiones necesarias en una intervención quirúrgica curativa correcta y con resultado positivo. Por esta razón las conductas socialmente adecuadas son cotidianas y totalmente usuales y los tribunales las consideran materialmente amparadas por una eximente, habiendo solo divergencias en su fundamentación: causa de atipicidad, causa de justificación autónoma, encaje en causas de justificación como el ejercicio legítimo del derecho o de la profesión, exclusión de la imputación objetiva, interpretación teleológica restrictiva del tipo.

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