- administración concursal
- Merc. Intervención en los actos realizados por el concursado, sustituyéndolo cuando sea suspendido en el ejercicio de sus facultades patrimoniales, redactando el informe de la Administración concursal y pronunciándose sobre los créditos puestos de manifiesto en el procedimiento.
TRLC, arts. 57 y sigs.
Sublema de administración