Diccionario panhispánico del español jurídico

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1. Lab. Personal trabajador habilitado con poderes por la empresa a la que pertenece, con plena responsabilidad, a los efectos de obtener los objetivos y fines previstos en sus estatutos y planes de negocio.
TRET, arts. 3.1.c y 2.1.a.
2. Can. Cada uno de los oficios de la constitución jerárquica de la Iglesia que tienen función primacial y colegial (CIC, c. 330 y Constitución Pastor Bonus, preámbulo). El término altius moderamen se emplea también para designar la relación jurídica entre un instituto religioso y una asociación de fieles con la que comparte su espiritualidad. En tercer lugar designa también la relación jurídica existente entre las asociaciones públicas de fieles y la autoridad eclesiástica que las ha erigido: la Santa Sede, si es de ámbito internacional, la conferencia episcopal para las de ámbito nacional y el ordinario para las de ámbito diocesano (c. 312).

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