Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad

Eur. Cargo institucional nombrado por el Consejo Europeo, con la aceptación del presidente de la Comisión Europea, que forma parte de la Comisión Europea cuyas funciones de dirección de la política exterior contribuyen a una mayor estabilidad, visibilidad y coherencia de la acción exterior de la Unión. Participa en las sesiones del Consejo Europeo y comparte con su presidente la representación de la Unión en todos los aspectos relacionados con la PESC, marco en el que dirige el diálogo exterior con Estados terceros y organizaciones internacionales, preside el Consejo de Asuntos Exteriores y es simultáneamente vicepresidente de la Comisión, en la que asume las competencias en materias de relaciones exteriores. Pieza esencial de la proyección exterior de la Unión, que colabora en la elaboración misma de la política exterior y en su ejecución apoyándose en el Servicio Europeo de Acción Exterior que dirige.
TUE, arts. 18 y 27.