- aprovechamiento de información privilegiada
- 1. Pen. Utilización de datos obtenidos exclusivamente por razón de un oficio o cargo, o conocidos por un particular de una autoridad o funcionario, y que no hayan sido revelados, notificados o publicados.2. Pen.; Chile Realización de transacciones u operaciones de valores de oferta pública, de cualquier naturaleza en el mercado de valores o en negociaciones privadas, para sí o para terceros, directa o indirectamente, usando deliberadamente información privilegiada.
Ley 18.045, sobre mercado de valores , art. 60. e).
Sublema de aprovechamiento