Diccionario panhispánico del español jurídico

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atentado grave contra el orden o la disciplina parlamentaria

Parl. Contravención del orden, la disciplina parlamentaria y la cortesía como expresiones de adecuación de las conductas al Reglamento, que son presupuestos del debate parlamentario y garantía del ejercicio de las competencias parlamentarias, lo que constituye el bien jurídico protegido que se pretende garantizar tipificando conductas o actos contrarios al mismo y estableciendo sanciones parlamentarias para estos comportamientos extremos que se consideran atentados graves en el ámbito parlamentario.
Puede tratarse de portar armas en el recinto del Palacio del Senado, o la agresión de un senador a otro, consideradas en el Reglamento del Senado como conductas graves que pueden dar lugar a la expulsión del salón de sesiones y a la suspensión en la condición de senador de un mes a un año; o bien en el Congreso el absentismo reiterado y notorio, o el quebrantamiento del deber de secreto que pudiera afectar a la seguridad del Estado, o que un diputado portare armas en el recinto parlamentario, o que, expulsado del salón de sesiones, se negara a abandonarlo, todo ello puede dar lugar a la suspensión temporal en la condición de diputado; a ello se añade la previsión contenida en el artículo 106 del Reglamento del Congreso respecto de quien, sea o no diputado, promoviere desorden grave en el recinto parlamentario, de palabra o de obra, que será expulsado, y, si es diputado, suspendido por un mes sin perjuicio de la agravación de la sanción por el pleno. Por último, en caso de graves desórdenes en las tribunas, además de la expulsión, la presidencia puede ordenar a los servicios de seguridad de la Cámara que levanten las oportunas diligencias por si los actos producidos pudieran ser materia crimini. Asimismo, el presidente de la Cámara, en cuanto garante del orden y disciplina parlamentarios, puede ordenar la puesta a disposición judicial de las personas que perturben el orden en las dependencias parlamentarias. Reglamento del Congreso de los Diputados, arts. 99-107 ; Reglamento del Senado, arts. 101-103.

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