Pen. Cualidad de una conducta de no ser típica, es decir, de no encajar en un tipo penal de delito.Ello puede deberse formalmente a que la conducta no cumple todos los requisitos positivos expresos de un tipo legal; o materialmente a que, aunque en principio es subsumible en la descripción típica, no encaja en la finalidad y sentido de la norma (en virtud de una interpretación teleológica y axiológica), no cumple los requisitos de la imputación objetiva o concurre en ella una causa de exclusión de la tipicidad, es decir, una eximente.