- beneficio de abstención
- Civ. e Hist. Facultad concedida a los herederos necesarios por el derecho romano, para abstenerse de recibir la herencia. Se concedía al hijo bajo la potestad que había permanecido ajeno a la sucesión paterna. Se mantuvo en el derecho foral catalán, en la costumbre 35 de Pere Albert.
Sublema de beneficio