- capacidad de obrar en el orden tributario
- Fin. Capacidad del obligado tributario, reconocida con carácter general y de un contenido más amplio que en otros sectores del ordenamiento jurídico, pues la ostentan también los menores de edad y los incapacitados, en las relaciones tributarias derivadas del ejercicio de actividades cuya realización les esté permitida por la legislación tributaria sin representante legal.
Sublema de capacidad