Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

carga de la comparecencia

Sublema de carga
Proc. Carga procesal consistente en hacerse presente en el proceso para seguir su tramitación defendiendo el propio interés en la relación jurídica procesal.
LEC, arts. 496 y sigs. El incumplimiento de esta carga supone, in genere, situarse en una situación de rebeldía procesal que conlleva la sustanciación del proceso en ausencia del rebelde: un proceso en el que solo se le van a notificar determinadas resoluciones y en el que, por su falta de actividad procesal, únicamente se van a considerar las alegaciones y pruebas de la contraparte. La ley procesal concreta en cada procedimiento las consecuencias del incumplimiento de esta carga. Por ejemplo, en el proceso monitorio la incomparecencia implica dar traslado al acreedor para que inste el despacho de ejecución (LEC, art. 816).