Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

carta de emplazamiento

Sublema de carta
1. Eur. Requerimiento que presenta la Comisión a un Estado miembro por incumplimiento de una obligación establecida por los tratados o el derecho derivado, dándole un plazo para que presente sus observaciones.
2. Eur. Primera actuación en fase administrativa o precontenciosa consistente en la apertura de un expediente a un Estado miembro por infracción del derecho de la Unión.
3. Hist. Despacho o citación mediante el cual se cita o emplaza a alguien para que comparezca ante un tribunal de justicia. También se denominó cédula de emplazamiento.
«[P]ena deuen auer los que ffueren enplazados ssobre algún pleito ssi non venieren al plazo que les el rrey pussiere por ssí o por ssu portero o por ssu carta en esta manera: quando el rrey enplazare algunt rrico omne o conçeillo o otro omne onrrado assí commo arçobispo o obispo o maestre o comendador o prior o commoquier que aya nonbre que ssea commo mayor de ssu orden, ssi non viniere o non enbiare al plazo o ssi viniere e non quissier entrar en pleito ssobre lo que ffuere enplazado, peche çiento marauedís al rrey porque despreçó ssu mandamiento, e a ssu contendor las despenssas que ffeziere por rrazón de aquel enplazamiento porque nol quisso ffazer derecho» (Espéculo, 5.1.3).

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