Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

clases pasivas

Adm. Régimen específico de pensiones de jubilación o retiro aplicable a los funcionarios públicos una vez que cesan en la prestación de sus servicios por jubilación o muerte, y, en su caso, a sus viudas y huérfanos.
Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas, de 30-IV de 1987.

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