- cláusula de reposición
- Merc.; Arg., Col. y Ur. En el contrato de seguro, cláusula por la que la cosa asegurada se valora conforme al costo de reposición o reinstalación del bien siniestrado, en estado nuevo y al día del siniestro.En Colombia,
Código del Comercio, art. 1090 . En Uruguay también refiere a la cláusula que establece la posibilidad de pactar la reposición o reconstrucción del bien dañado en vez de indemnizar en dinero. Ley n.º 19 678, de Uruguay, art 71.
Sublema de cláusula