- cláusulas generales de apoderamiento de potestades
- 1. Adm. Cláusulas que atribuyen potestades generales de actuación para utilizar especialmente en situaciones de emergencia o necesidad, como las previstas en la legislación de régimen local para supuestos de catástrofe provocada por terremotos, incendios, algaradas.Por ejemplo, el
artículo 25 de la LRBRL de 2 de abril de 1985 : «el municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, podrá promover toda clase de actividades, y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal»; asimismo, las emergencias sanitarias consideradas en la Ley General de Sanidad de 25 de abril de 1986.
Sublema de cláusula