- comisión de investigación
- Adm. y Const. Cada uno de los órganos parlamentarios que recaban y analizan información sobre asuntos de interés público que conciernen a la función parlamentaria o a sus miembros, o en todo caso son de interés general. Sus conclusiones pueden ser comunicadas al Ministerio Fiscal para el ejercicio cuando proceda de las acciones penales oportunas, pero sus conclusiones no vinculan a los tribunales. Es obligatorio comparecer en las comisiones a requerimiento de las Cámaras. No son comisiones permanentes, de modo que se extinguen cuando su trabajo concluye.
Sublema de comisión2