Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

commoriencia

Civ. Muerte simultánea de dos o más personas. Cuando genera efectos jurídicos de carácter sucesorio a causa de muerte o afecta a la transmisión de bienes, derechos u obligaciones entre vivos, puede requerir la prueba de la simultaneidad o del carácter sucesivo de la muerte. Ha de probar la premoriencia quien la alega y si no pudiera hacerlo la ley estima que entre las personas fallecidas hubo commoriencia o muerte simultanea.
CC, arts. 32 y 33.