Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

congelación de rango

Const. Técnica normativa que consiste en la regulación de una materia que no es objeto de reserva de ley por una norma con rango legal, lo que supone, por imperativo directo del principio de jerarquía normativa, la inaccesibilidad de la materia legalizada para la regulación reglamentaria, en la medida en que las leyes solo se modifican o se derogan por medio de otras.
«La reserva de Ley Orgánica no puede interpretarse de forma tal que cualquier materia ajena a dicha reserva por el hecho de estar incluida en una Ley Orgánica haya de gozar definitivamente del efecto de congelación de rango y de la necesidad de una mayoría cualificada para su ulterior modificación (art. 81.2 CE ), pues tal efecto puede y aun debe ser excluido por la misma Ley Orgánica o por Sentencia del Tribunal Constitucional que declaren cuáles de los preceptos de aquella no participan de tal naturaleza» (STC, Pleno, 14-XI-2012, rec. 1621/2003).