Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

Consejo de Seguridad

Int. púb. Órgano principal de las Naciones Unidas de carácter intergubernamental, compuesto por quince miembros, cinco de ellos permanentes y con derecho de veto, y otros diez no permanentes elegidos en función de criterios geográficos por un período de dos años. Tiene atribuida la responsabilidad primordial en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, pudiendo dictar al respecto resoluciones vinculantes que impliquen medidas de carácter político, económico o de uso de la fuerza armada. Asimismo, tiene otras competencias, entre las que destacan las de arreglo pacífico de controversias y las relacionadas con la admisión de nuevos miembros, suspensión y expulsión.
Carta de las Naciones Unidas, caps. V, VI, VII y VIII.

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