Diccionario panhispánico del español jurídico

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Constitución de la República de Nicaragua

Sublema de Constitución1
Const. Ley fundamental de Nicaragua, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente el 19 de noviembre de 1986 y puesta en vigor el día de su publicación en La Gaceta n.º 94, de 30 de abril de 1987.
Se estructura en un preámbulo y 11 títulos, con un total de 202 artículos. El último título recoge las disposiciones finales y transitorias. Ha experimentado diversas reformas, por Ley de Reforma Constitucional para las Elecciones, de 25 de febrero de 1990, y por leyes n.os 192, 330, 490, 520, 521, 527, Sentencia n.º 52, de 30 de agosto de 2005 (que declara la inconstitucionalidad parcial de la Ley n.º 520) y 854, esta última de 29 de enero de 2014. El artículo 7 proclama que «Nicaragua es una República democrática. La democracia se ejerce de forma directa, participativa y representativa. Las funciones delegadas del Poder Soberano se manifiestan a través del Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo, el Poder Judicial y el Poder Electoral».
«Nosotros, Representantes del Pueblo de Nicaragua, reunidos en Asamblea Nacional Constituyente. Evocando La lucha de nuestros antepasados indígenas. El espíritu de unidad centroamericana y la tradición combativa de nuestro Pueblo que, inspirado en el ejemplo del General José Dolores Estrada, Andrés Castro y Enmanuel Mongalo, derrotó al dominio filibustero y la intervención norteamericana en la Guerra Nacional. La gesta antintervencionista de Benjamín Zeledón. Al General de Hombres Libres, Augusto C. Sandino, Padre de la Revolución Popular y Antiimperialista. La acción heroica de Rigoberto López Pérez, iniciador del principio del fin de la dictadura. El ejemplo de Carlos Fonseca, el más alto continuador de la herencia de Sandino, fundador del Frente Sandinista de Liberación Nacional y Jefe de la Revolución. A todas las generaciones de Héroes y Mártires que forjaron y desarrollaron la lucha de liberación por la independencia nacional. En nombre Del pueblo nicaragüense; de todos los partidos y organizaciones democráticas, patrióticas y revolucionarias de Nicaragua; de sus hombres y mujeres; de sus obreros y campesinos; de su gloriosa juventud; de sus heroicas madres; de los cristianos que desde su fe en Dios se han comprometido e insertado en la lucha por la liberación de los oprimidos; de sus intelectuales patrióticos; y de todos los que con su trabajo productivo contribuyen a la defensa de la Patria. De los que luchan y ofrendan sus vidas frente a la agresión imperialista para garantizar la felicidad de las nuevas generaciones. Por La institucionalización de las conquistas de la Revolución y la construcción de una nueva sociedad que elimine toda clase de explotación y logre la igualdad económica, política y social de los nicaragüenses y el respeto absoluto de los derechos humanos. Por la patria, por la revolución, por la unidad de la nación y por la paz. Promulgamos la siguiente Constitución política de la República de Nicaragua» (Preámbulo).