Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

contratación publicitaria

Merc. Contratación tipificada en la legislación especial en materia de publicidad, en la que son partes el anunciante o persona que tiene interés en realizar la publicidad, la agencia de publicidad, que es la persona dedicada profesionalmente a crear, preparar, programar o ejecutar la publicidad por cuenta del anunciante, y los medios de publicidad, que son las personas, públicas o privadas que de forma habitual y organizada se dedican a la difusión de publicidad utilizando los soportes o medios de que son titulares.
Ley 34/1988, de 11-XI, General de la Publicidad.