Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

contrato de trabajo de servicios transitorios

Lab.; Chile Convención en virtud de la cual un trabajador y una empresa de servicios transitorios se obligan recíprocamente, aquel a ejecutar labores específicas para una empresa usuaria de la empresa de servicios transitorios, y esta a pagar la remuneración determinada por el tiempo servido.
La empresa usuaria tiene la facultad de organizar y dirigir el trabajo y el trabajador queda sujeto al reglamento de orden, seguridad e higiene de la empresa usuaria. Si el trabajador continúa prestando servicios después de expirado el plazo de su contrato de trabajo, este se transforma en uno de plazo indefinido y la empresa usuaria pasa a ser su empleador. Código del Trabajo, art. 183-R.

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