Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cooperativa de crédito

Sublema de cooperativa
Adm. y Merc. Sociedad cooperativa cuyo objeto social es servir a las necesidades financieras de sus socios y de terceros mediante el ejercicio de las actividades propias de las entidades de crédito, con un número de socios ilimitado, cuya responsabilidad por las deudas sociales alcanza el valor de sus aportaciones.
Si la cooperativa tiene como objeto principal la prestación de servicios financieros en el medio rural, se la denomina cooperativa de crédito agrícola, y utiliza ordinariamente la denominación de Caja Rural. Ley 13/1989, de 26 de mayo, de Cooperativas de Crédito.

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