Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

código de conducta

Sublema de código2
1. Merc. Conjunto de normas a las que se sujetan las empresas en determinados sectores económicos, tales como entidades financieras, de crédito, de inversión colectiva, de inversiones en valores. Los códigos de conducta se adecuan a lo establecido en la legislación general al respecto y a la normativa específica de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
TRLMV, art. 202.
2. Comp. Conjunto de reglas elaboradas voluntariamente por asociaciones de empresas o de consumidores con el objeto de mejorar las prácticas comerciales y elevar el nivel de protección de los consumidores o los datos de carácter personal.
LCD, art. 37.
3. Int. priv. Instrumento jurídico que pretende regular algunos aspectos de las relaciones privadas internacionales como, principalmente, las actividades de las empresas multinacionales en los países de acogida.
4. Int. priv. Acuerdo sistematizado de normas, generalmente de carácter programático, que regulan la conducta de unos determinados sujetos del comercio internacional en unos ámbitos concretos de actuación.
5. Adm. En el empleo público, conjunto de deberes y principios éticos aplicables a quienes lo integran.
El código de conducta general de los empleados públicos se establece en el TREBEP (capítulo VI del título III).
6. Gral. Conjunto de normas elaboradas por una organización y de cumplimiento obligatorio para sus órganos de dirección y empleados. El trabajador fue sancionado disciplinariamente por incumplir el código de conducta de su empresa.
Por ejemplo, un código de conducta sobre el tratamiento de datos personales (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, art. 38.

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