- deber de presencia
- Mil. Obligación de un militar de estar presente en el desarrollo de determinadas actividades.
El Código Penal Militar sanciona las ausencias del militar frente al enemigo, rebeldes o sediciosos, cualquiera que sea la duración de su ausencia, o el quedarse en tierra, incumpliendo la normativa vigente, a la salida del buque o aeronave de cuya dotación o tripulación forma parte. La pena se agrava notablemente si el hecho tiene lugar en situación de conflicto armado o estado de sitio. Marín:Comentarios , págs. 1549-1575.
Sublema de deber