- declaración judicial de liquidación forzosa
- Merc. y Proc.; Nic. Declaración del estado de liquidación forzosa de una institución hecha sin más trámite por un juez civil del distrito de Managua, tras ser presentada la solicitud a la que deberá acompañarse una relación o informe de la situación de la institución financiera y de lo actuado por el superintendente.
Ley n.º 561 , General de Bancos, Instituciones Financieras no Bancarias y Grupos Financieros, art. 95.
Sublema de declaración