Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

declaración responsable en usos comunes especiales de las aguas

Adm. Actuación realizada por el ciudadano ante la Administración hídrica competente para poder realizar determinadas utilizaciones de las aguas.
En la legislación de aguas es precisa la presentación de declaración responsable para llevar a cabo la navegación, flotación, el establecimiento de barcas de paso y sus embarcaderos y cualquier otro uso que no excluya la utilización del recurso por terceros; igualmente es necesaria la declaración responsable para la utilización por los hidroaviones de los embalses o tramos de río. TRLA, art. 51; RDPH, arts. 51 y sigs.

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