- decreto de convocatoria
- Const. Decisión formal del presidente del Gobierno nacional o autonómico en el que se convoca un proceso electoral, fijando la fecha de las elecciones que se celebrarán cincuenta y cuatro días después, y, en los supuestos legalmente previstos de disolución anticipada, disolviendo la cámara correspondiente.«El decreto de convocatoria electoral es susceptible de control jurisdiccional en aquellos de sus elementos que estén definidos legislativamente y tengan carácter reglado» (STS, Sala 3.ª, sec. 6.ª, de 3 de diciembre de 1998).
Sublema de decreto