- decreto ley
- 1. Const.; Esp. Norma con rango de ley, de carácter provisional, dictada por el Gobierno cuando concurre una circunstancia de extraordinaria y urgente necesidad.2. Fin.; Arg., Col., Ec., Hond. y Ven. Acto con rango, forma y fuerza de ley dictado por el Ejecutivo nacional previa autorización por una ley habilitante sancionada por el Congreso o la Asamblea Nacional.
Constitución Política, de Colombia, arts. 341 y transitorios. Constitución de la República del Ecuador, arts. 147 y 148 .3. Parl.; Chile y Ur. Disposición de naturaleza legislativa, enunciada bajo forma de decreto, dictada por un poder de facto que ha reunido para sí, contra lo previsto en el ordenamiento constitucional, las funciones parlamentarias y ejecutivas y que no van al trámite de toma de razón de la Contraloría General de la República.García Pino, Gonzalo, y Pablo Contreras Vásquez: Diccionario constitucional chileno, Santiago de Chile, 2014.
Sublema de decreto