Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

delito agravado contra la propiedad intelectual

Pen. Modalidad de delito contra la propiedad intelectual considerada en la ley más grave si el beneficio obtenido o que se hubiera podido obtener tiene especial trascendencia; si los hechos revisten especial gravedad, atendiendo al valor de los objetos producidos ilícitamente, el número de obras, o de la transformación, ejecución o interpretación de las mismas, ilícitamente reproducidas, distribuidas, comunicadas al público o puestas a su disposición, o a la especial importancia de los perjuicios ocasionados; si el culpable pertenece a una organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que tuviese como finalidad la realización de actividades infractoras de derechos de propiedad intelectual; o cuando se utiliza a menores de dieciocho años para cometerlo.
CP, art. 271.

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