- delito contra centinela, fuerza armada o policía militar
- Mil. Modalidad de delito contra la nación española y contra la institución militar cometido por el que desobedece órdenes o maltrata de obra a centinela, fuerza armada o policía militar.«Recordaremos que el
art. 85 CPM (de 1985) contiene, en su párrafo primero, dos tipos básicos que protegen la misión del centinela, castigando la desobediencia o resistencia a obedecer sus órdenes y el maltrato de obra del que pudiera ser víctima. La norma penal que sanciona tales conductas trata de proteger la especial relevancia de las funciones que se le encomiendan al centinela, pues vela en el desempeño de su misión por la seguridad de los miembros de las Fuerzas Armadas y de sus instalaciones, así como por el normal desenvolvimiento de las funciones militares» (STS, 5.ª, 9-XII-2008, rec. 23/2008).
Sublema de delito