Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

delito contra la flora protegida

Sublema de delito
Pen. Conducta de cortar, talar, arrancar, recolectar, adquirir, poseer o destruir especies protegidas, o de traficar con ellas, sus partes, derivados de las mismas o con sus propágulos, contraviniendo leyes o disposiciones administrativas de carácter general. La conducta debe afectar a una cantidad significativa de ejemplares y tener consecuencias relevantes para el estado de conservación de la especie de que se trate.
CP, art. 332.1.

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Sublemas