Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

denominación de origen calificada

Adm. En relación con los vinos, denominación de origen que reúne particulares y más rigurosas exigencias de calidad concernientes a las condiciones de embotellamiento de los productos amparados, a la ubicación y separación física de las bodegas en que se crían y envejecen, y a los sistemas de control a los que se someten.
Ley 24/2003, de 10-VII, de la Viña y del Vino, art. 23.

Referenciado desde