Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

deslegalización

Adm. Operación normativa por la que la ley renuncia a la regulación de una determinada materia encomendándola por entero, o en aspectos esenciales, a normas de valor reglamentario.
Las deslegalizaciones no pueden referirse a materias reservadas a la ley, ya que ello supondría la apertura incondicionada de la reserva al reglamento, lo que no es constitucionalmente aceptable (la jurisprudencia ha sido tradicionalmente unánime respecto de esta limitación: sentencias del Tribunal Supremo de 21-I-1988, 2-XI-1989, 1-XII-1995, 16-II-1996, etc.).

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