- despido por causa del embarazo
- Lab.; Arg. Despido de la mujer trabajadora en estado de embarazo cuando es dispuesto dentro del plazo de siete y medio meses anteriores o posteriores a la fecha del parto, siempre y cuando la mujer haya cumplido con su obligación de notificar y acreditar en forma el hecho del embarazo así, en su caso, el del nacimiento.
Ley 20744 de Contrato de Trabajo , art.178.
Sublema de despido