Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

discrecionalidad

Adm. Potestad atribuida a los órganos administrativos por las leyes sin predeterminar por completo el contenido u orientación que han de tener sus decisiones, por lo que el titular de las potestades o competencias queda habilitado para elegir dentro de las diversas opciones decisorias que se le presentan.
Cuando las operaciones que ha de llevar a cabo la Administración para aplicar una norma son de mera cognición, a efectos de identificar los supuestos de hecho normativos que las regulaciones han querido contemplar, no estamos ante un supuesto de discrecionalidad; si la aplicación de las normas exige operaciones de carácter volitivo, que reclama decisiones en el plano de las consecuencias jurídicas, existirá discrecionalidad. Doctrina desarrollada en Alemania por un grupo importante de autores entre los que están H. Preuss, O. Bachof, D. Jesch, K. Obermayer, K. Stern.

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