Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

discrecionalidad técnica

Sublema de discrecionalidad
Adm. Manifestación de la discrecionalidad administrativa en la que se incrementa la libertad de apreciación que tiene el órgano administrativo competente para adoptar una determinada resolución por basarse esta en criterios o fundamentos de carácter técnico.
Por ejemplo, la decisión sobre la aprobación de un examen, la evaluación de las propuestas de un concurso basadas en criterios para los que hace falta tener un saber especializado, etc. «La discrecionalidad técnica reduce las posibilidades de control de la actividad evaluadora de los órganos de calificación prácticamente a dos supuestos: el de la observancia de los elementos reglados —cuando estos existan—, y el del error ostensible y manifiesto; y, por consiguiente, deja fuera de este limitado control aquellas pretensiones de los interesados que solo postulen una evaluación alternativa a la del órgano calificador, moviéndose dentro del aceptado espacio de libre apreciación, y no estén sustentadas por un posible error manifiesto» (STS de 14 de julio y 10 de octubre de 2000, entre otras).