- débito fiscal
- Fin.; Arg. y Guat. En el impuesto al valor agregado, alícuota que se aplica sobre el precio neto gravado de la venta o de la prestación de servicio, al cual se le restará el crédito fiscal, obteniendo entonces el impuesto a ingresar.
Ley Nacional 11 683, de Procedimiento Fiscal, de Argentina, art. 134, párrafo segundo.
Sublema de débito