edad para contraer matrimonio Sublema de edad Civ. y Const. Edad mínima para casarse.Pueden hacerlo los mayores de edad o los menores emancipados (CC, art. 46.1) , y la emancipación puede producirse a partir de los 16 años (CC, art. 317). Se admite la dispensa judicial del impedimento de edad a partir de los 14 (CC, art. 48).ArgentinaLey 26994, por la que se aprueba el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina, publicada el 8-X-2014ChileCódigo Civil, Decreto con Fuerza de Ley promulgado el 16-V-2000ColombiaLey 84 de 1873, por la que se aprueba el Código Civil de los Estados Unidos de Colombia, publicada en el Diario Oficial 2867, el 31-V-1873.Costa RicaLey 63, de 28 de septiembre de 1887, de Código CivilMéxicoCódigo Civil Federal, publicado en la sección tercera del Diario Oficial de la Federación los días 26-V, 14-VII, 3-VIII y 31-VIII, todos de 1928ParaguayLey 1183/1985, de 18 de diciembre, por la que se aprueba el Código Civil de Paraguaymenor, protección de los menoresedad para adoptaredad para trabajar