Diccionario panhispánico del español jurídico

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enfermedad profesional

Sublema de enfermedad
Lab. Enfermedad contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades especificadas reglamentariamente, provocada por la acción de los elementos o sustancias indicadas para cada enfermedad profesional.
TRLGSS, art. 157. La especificación de las actividades y de los elementos o sustancias que generan las correspondientes enfermedades profesionales se regula en el RD 1299/2006, que aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro. Todas las empresas que hayan de cubrir puestos de trabajo con riesgo de enfermedades profesionales están obligadas a practicar un reconocimiento médico previo a la admisión de los trabajadores que los hayan de ocupar, y a realizar los reconocimientos periódicos que se establezcan para cada tipo de enfermedad (TRLGSS, art. 243.1). Ley 16 744, de Chile, art. 7.º.

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