- habeas data
- 1. Adm. Acción constitucional que puede ejercer cualquier persona incluida en un registro de datos para acceder al mismo y recabar la información que le afecte, así como para solicitar su eliminación o corrección si tal información fuera falsa o estuviera desactualizada.
Constitución Política de Nicaragua, art. 190.1. Constitución de la República del Paraguay, art. 135. 2. Tel. Derecho a la propia intimidad informática, que confiere a su titular un derecho de control sobre los datos (acceso, rectificación y cancelación de los mismos), interviniendo el Estado en su protección y tutela con agencias o comisarios para la protección de los datos.RGPD ;LOPDGDD . “la entonces llamada “libertad informática” se configura como “un derecho a controlar el uso de los datos insertos en un programa informático (habeas data) y comprende, entre otros aspectos, la oposición del ciudadano a que determinados datos personales sean utilizados para fines distintos de aquel legítimo que justificó su obtención (SSTC 11/1998, FJ 5; 94/1998, FJ 4)”” STC, Pleno, de 31-I-2013, rec. 1024/2004.