Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

identificación de candidatura

Sublema de identificación
Const. Necesidad de que en una lista electoral se manifiesten la denominación, la sigla y el símbolo de la fuerza política que la presenta.
LOREG, art. 46.1 . «Esta exigencia no puede defraudarse […] ya que la misma está al servicio de una identificación clara y distinta de quien presenta la candidatura para que la voluntad política que los sufragios expresan se corresponda con la mayor fidelidad posible a la entidad real de quien los recabe» (STC 69/1986, de 28 de mayo).