incendio Pen. Fuego sin control con peligro de propagación relevante a personas o cosas, aunque no llegue a alcanzarlas, y con independencia de su tamaño.CP, arts. 351 y sigs. Código Orgánico Integral Penal, de Ecuador, art. 364.ArgentinaLey 11179, por la que se aprueba el Código Penal, publicada el 3-XI-1921ChileCódigo Penal, promulgado el 12-XI-1874ColombiaLey 599 de 2000, por la que se aprueba el Código Penal, Publicada en el Diario Oficial 44.097, el 24-VII-2000.Costa RicaLey 4573, de Código Penal, publicada en la Gaceta 257, el 15-XI-1970MéxicoCódigo Penal de la Federación, publicado en la Tercera Sección del Diario Oficial de la Federación, el 14-VIII-1931Referenciado desdecóctel molotov, incendiar, incendiario, ria, pirómanoSublemasincendio con peligro para la vida o integridad física de las personasincendio de bienes propiosincendio de montesincendio de zonas de vegetación no forestalincendio en comisión por omisiónincendio en grado de tentativaincendio forestalincendio por imprudenciaincendiario, riaincendio con peligro para la vida o integridad física de las personas