Diccionario panhispánico del español jurídico

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integración social

Sublema de integración
1. Adm. Adaptación, inclusión social de determinadas personas o grupos que requieren la adopción de políticas públicas de ayuda o atención para que esté garantizado su acceso en condiciones de igualdad a los servicios públicos y, en general, al disfrute de sus derechos.
Así ocurre en particular con los extranjeros inmigrantes o las personas con algunos tipos de discapacidad. LO 4/2000, de 11-I, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social. La Ley 13/1982, de 7-IV, de Integración Social de los Minusválidos, fue derogada por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
2. Adm. Conjunto de actuaciones de las administraciones públicas encaminadas a facilitar la adaptación de esas personas o grupos.