Diccionario panhispánico del español jurídico

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intencionalidad

Adm. Criterio general de graduación de la sanción administrativa, reconocido por la legislación básica estatal y por numerosas leyes sectoriales y autonómicas, y aplicado con frecuencia como criterio agravante o atenuante de la responsabilidad en atención a su grado de concurrencia.
LRJSP, art. 29.3.a) . «La conducta de la recurrente contiene un plus de malicia o intencionalidad en su actuación que nos lleva a considerar que la aplicación de la circunstancia de intencionalidad responde a criterios de razonabilidad para determinar la sanción» (STS, 3.ª, 6-VI-2007, rec. 8217/2004).