Diccionario panhispánico del español jurídico

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justicia social

Sublema de justicia
Can. Obligación que tiene el Estado de procurar el equilibrio entre la población a favor de las personas desfavorecidas.
El término fue acuñado en 1840 por Luigi Taparelli d'Azeglio, S. J. (1793-1862), quien quería orientar con él la doctrina del derecho natural de Tomás de Aquino hacia la nueva cuestión social. El Papa León XIII recogió la doctrina en su encíclica Rerum novarum de 1891, que constituye el fundamento de una doctrina social específicamente católica, que se ha profundizado y ampliado en muchas encíclicas y documentos posteriores. Sigue conformando la corriente principal de la doctrina social católica en la actualidad; el propio concepto de justicia social se sigue usando predominantemente en este contexto.