Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

medida compensatoria

Amb. Medida que, en relación con los efectos ambientales negativos inevitables de un proyecto, una actividad, un plan o un programa, no admite corrección, consistente en compensar dichos efectos negativos por medio de otros de signo positivo, si es posible con acciones de restauración o de la misma naturaleza y efecto contrario al de la acción o empresa.
Ley 11/2006, de 14-IX, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, art. 3; Ley 42/2007, de 13-XII, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, art. 3.