Diccionario panhispánico del español jurídico

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medida de aseguramiento

Proc.; Col. Disposición que decreta el juez de garantías, a petición del fiscal, cuando de los elementos materiales probatorios y evidencia física se pueda inferir razonablemente que el imputado puede ser autor o partícipe de la conducta delictiva que se investiga, siempre y cuando la medida de aseguramiento se muestre necesaria para evitar que el imputado obstruya el debido ejercicio de la justicia, el imputado constituya un peligro para la seguridad de la sociedad o de la víctima, o resulte probable que el imputado no comparecerá al proceso o no cumplirá la sentencia.
Ley 906 de 2004, por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal, de Colombia, art. 307.